La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través del Diario Oficial de Extremadura (DOE), ha publicado, de carácter extraordinario, el Decreto-Ley 1/2021, 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados por la crisis sanitaria por un importe de 40 millones de euros. Las ayudas se establecerán en subvención a fondo perdido y tienen como objetivo financiar las necesidades de liquidez o de capital circulante de PYMES y autónomos con centro productivo en Extremadura. Estas ayudas se gestionarán bajo el régimen de concesión directa y sin convocatoria, es decir, las ayudas se irán concediendo según se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos establecidos.

La cuantía de la subvención se determinará en función del número de trabajadores asalariados que el autónomo o pyme solicitante tenga en situación de alta en sus códigos cuenta de cotización a la Seguridad Social que correspondan a Extremadura. Las cantidades se incrementarán en un 25% si la pyme desarrolla una actividad económica prioritaria.

Para optar a estas ayudas las pymes deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de, al menos, un 20 por ciento en el volumen de operaciones de la empresa declarado en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en comparación con la base imponible de igual período del año 2019. En caso de empresas que no puedan acreditar tal disminución del volumen de operaciones, se podrá obtener la condición de beneficiario/a en el caso de que la pyme se haya visto obligada al cierre o suspensión temporal de sus establecimientos y actividades como consecuencia de las medidas de contención establecidas para combatir la crisis sanitaria producida por el coronavirus.

La subvención estará dirigida a compensar los gastos fijos operativos de los solicitantes durante la pandemia y con ella, se financiarán las necesidades de liquidez o de capital circulante para que la empresa pueda operar y atender sus pagos. Estas ayudas se encuentran vinculadas a continuar ejerciendo su actividad y mantenimiento del empleo existente a la fecha de presentación de solicitud hasta, al menos, el 31 de mayo de 2021.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será del 1 al 28 de febrero, por sede electrónica y sólo podrán presentar una solicitud por empresa o autónomo/a. Todas las solicitudes deberán incluir, entre otros documentos, las declaraciones anuales del IVA presentado ante la Agencia Tributaria correspondiente a los ejercicios 2019 y 2020.

Asimismo, dentro de este Decreto-Ley, se establecen también nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19 en Extremadura. En concreto, la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar devengada entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021 se bonificará al 50% siempre que se mantenga de alta en el censo la máquina durante todo el primer trimestre.

Además, durante el ejercicio 2021 se establece también una bonificación del 50 por ciento de las tarifas de la tasa por prestación de servicios y realización de trabajos en la ordenación del sector turístico.

Desde el Ayuntamiento de Guareña, el Agente de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) y la Gerente de Dinamización del Comercio Local podrán informar y gestionar las solicitudes de aquellos vecinos interesados.