Entregados seis nuevos cheques bebé a recién nacidos y nacidas en nuestro pueblo – Ayuntamiento de Guareña
Guareña, 23 de noviembre de 2024
Sede Electrónica
Los beneficiarios son seis nuevos pequeños y pequeñas nacidos desde el pasado agosto, fecha de la última entrega, hasta la actualidad.
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El ayuntamiento, a través de la Concejalía de Infancia y Familia, ha hecho entrega este lunes de seis nuevos cheques bebé a niños y niñas nacidos en Guareña en estos meses, desde que se realizó la última entrega el pasado mes de agosto a la actualidad. Este cheque, valorado en 200 euros, tiene como principal objetivo fomentar la natalidad en el pueblo.

El documento acreditativo de este cheque permite a los beneficiarios y beneficiarias presentarlo en alguna de las farmacias o parafarmacias de nuestro pueblo, a fin de que en ellas se realicen compras en productos para el recién nacido, acogido o adoptado. Además del cheque, se ha hecho entrega también a los progenitores de un ejemplar del libro de ‘El Capitán Marcelo’.

Pasos para solicitar el cheque bebé de 200 euros

Si has tenido un hijo/a en este año y aún no has solicitado la ayuda, en el registro del ayuntamiento puedes recoger y entregar la solicitud, que también puede descargar desde este enlace.

Podrán ser beneficiaros de estas ayudas quien cumpla con unos requisitos como:

Ser padre o madre por naturaleza o adopción y ostentar la guarda y custodia del menor o menores.

Que el/la solicitante figure empadronado y resida de manera efectiva en Guareña en el año inmediato anterior a la solicitud.

Solamente una persona podrá ostentar la condición de beneficiario respecto de un mismo menor, es decir, en el supuesto de que ambos progenitores deseen optar a la ayuda, deberán acordar entre ellos quien será el solicitante de la misma.

Las solicitudes se podrán presentar en el periodo de un mes natural a partir de la fecha del parto o de la fecha de la resolución judicial de adopción o acogimiento en el ayuntamiento. El plazo máximo para dictar y notificar resolución será de dos meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver.

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