Con motivo de la tradicional “JIRA DE PASCUA” a celebrar durante los días 31 de marzo (Domingo de Pascua), 1 y 2 de abril de 2024 (Lunes y Martes de Pascua, respectivamente), y 7 de abril de 2024 (Domingo de Cuasimodo), se pone en conocimiento de los vecinos de esta Villa de Guareña, que el único lugar autorizado para la celebración de las mismas, será en EL PANTANO SAN ROQUE.
La utilización de los terrenos se limitara a este recinto, recomendándose el debido uso del mismo conforme a las siguientes observaciones y prohibiciones:
1º. – No se permite reservar o marcar la zona de estancia sobre el terreno, antes de las siete de la mañana del día de la celebración.
2º. – Queda terminantemente prohibido el corte, tala o destrucción de arbustos, retamas, árboles o cualquier otro tipo de vegetación.
3º. – Se prohíbe la venta ambulante de cualquier tipo de productos alimenticios o bebidas, tales como golosinas, frutos secos, helados, refrescos, bebidas alcohólicas, bocadillos, etc.
4º. – Prohibición de arrojar basuras y residuos sólidos al suelo. La basura que cada persona o familia genere será depositada en bolsas para su posterior traslado a sus domicilios y arrojo en los contenedores de la localidad.
5º. – Se declara como zona de especial protección para personas con movilidad reducida y población infantil la zona perimetrada, por lo que se prohíbe la circulación, el estacionamiento o permanencia de cualquier vehículo de motor dentro del recinto destinado a la celebración. Únicamente se permitirá la entrada con vehículos para facilitar el acceso a la zona a personas con movilidad reducida, debiendo retirar el vehículo una vez completado el acceso. Así mismo, queda prohibido el acceso con animales peligroso y caballos o similar, con o sin carro.
6º.- Se recomienda moderar la velocidad en las vías de acceso a los lugares de recreo.
7º.- Se ruega por la convivencia vecinal en esta fiesta, limitar el volumen de elementos de reproducción sonora.
8º.- Aquellas personas que tengan necesidad de hacer fuego, deberán venir de casa provistos de todo lo necesario, tanto carbón como leña, utilizándose para tal fin únicamente las barbacoas públicas o particulares. El uso será delimitado por elementos que impidan su propagación y una vez finalizado, deberán asegurarse que quede extinguido. Esta autorización podrá ser modificada siguiendo las indicaciones de la Consejería competente en materia de prevención y extinción de incendios.
9º.- Se habilitara una zona de acampada en el Pantano de San Roque.
10º.- En todo momento y para el debido cumplimiento de las anteriores observaciones y prohibiciones, se establecerá un servicio de vigilancia, que será llevado a cabo por miembros de la Guardería Rural y Policía Local.
LA CORPORACION MUNICIPAL D GUAREÑA LES DESEA UNOS AGRADABLES DIAS DE CONVIVENCIA Y DISFRUTE EN LA TRADICIONAL “JIRA” DE NUESTRO PUEBLO.