La Sede Electrónica Municipal publicaba este lunes las bases reguladoras para la concesión de Ayudas Económicas para el Fomento de la Natalidad correspondientes al ejercicio 2025.
Dichas ayudas por nacimiento o adopción de menores ven incrementadas su cuantía hasta los 300 euros por cada menor nacido o adoptado, tal y como se contempla en los presupuestos municipales de este año.
El abono esta cantidad se efectuará directamente por el consistorio en una de las farmacias, parafarmacias y tiendas de puericultura del pueblo, a fin, de que en ella, se realicen compras en productos.
Recordamos que podrán ser beneficiarios de estas ayudas cualquiera de los progenitores o adoptantes titulares del Libro de Familia en el que figure registrado el nacimiento o adopción y que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.
Además, en las bases se recogen una serie de requisitos para poder solicitar dichas ayudas, como que el progenitor o adoptante solicitante sea español o extranjero con residencia en España, ser el progenitor de un niño o adoptante de un menor de doce años, durante el periodo de la convocatoria y que esté empadronado en Guareña de forma ininterrumpida desde su nacimiento o adopción.
Otros de los requisitos es que el recién nacido o adoptado figure empadronado en el mismo domilicilio que su progenitor o adoptante, y que este, figure empadronado en Guareña durante los últimos doce meses a fecha de realizar la solicitud.
También se deberá estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la hacienda municipal y no estar estar incurso en causa de prohibición para la obtención de ayudas públicas